La medida permite que el cangrejo cumpla su ciclo natural de muda de caparazón, que realiza en su propio hábitat.
La restricción se extenderá hasta el 30 de septiembre. Es decir, durará todo un mes.
El Acuerdo respectivo del Ministerio de la Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, estableció con la debida anticipación la veda, que contempla la captura, venta y consumo de la especie, durante los 30 días de septiembre.
Quienes no respeten la prohibición, recibirán multas que van de 2 a 10 Salarios Básicos Unificados, es decir entre 920 y 4.600 dólares, así como penas de prisión de 15 a 60 días, de acuerdo a la disposición de las autoridades.
El cangrejo no es el único animal que cuenta con una veda para su conservación. Otras especies son: camarón de aguas someras: 28 de diciembre del año anterior, hasta el 30 de enero; langosta: del 16 de enero al 16 de junio; camarón pomada: del 15 de enero al 1 de marzo, y del 1 de mayo al 30 de mayo; recurso hojita: del 1 de febrero al 30 de junio; peces pelágicos pequeños (sardina o pinchagua, chumumo, chuhueco): del 22 de diciembre del año anterior al 4 de enero, y del 17 de enero al 27 de febrero; recurso pulpo: del 1 de mayo al 30 de junio; dorado: del 1 de julio al 7 de octubre; y atunes, 9 de noviembre del año anterior al 19 de enero, 29 de julio al 8 de octubre, y 9 de octubre al 8 noviembre.
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