Estos controles de velocidad sancionatorios -realizados por la AMT- se implementan tras seis meses de operativos preventivos en avenidas clave como Maldonado, Juan León Mera, América, 6 de Diciembre y Quitumbe. La medida se aplicará desde este 30 de julio.
La medida tiene como objetivo disminuir los siniestros viales en el Distrito Metropolitano de Quito.
En zonas urbanas, el límite de velocidad para vehículos livianos es de 50 km/h, con un rango moderado de 50 a 60 km/h.
Para el transporte público, el límite es de 40 km/h, con un rango moderado de 40 a 50 km/h.
Sanciones por exceso de velocidad
Las sanciones incluyen multas, pérdida de puntos en la licencia y penas de cárcel.
Art. 386-3
Será sancionado con pena privativa de libertad de tres días, multa de un salario básico unificado del trabajador en general y reducción de diez puntos en su licencia de conducir.
La o el conductor que, con un vehículo automotor, exceda los límites de velocidad fuera del rango moderado, establecidos en el reglamento correspondiente.
Art. 389-6
Serán sancionados con multa equivalente al treinta por ciento de un salario básico unificado del trabajador en general.
La o el conductor que con un vehículo automotor exceda dentro de un rango moderado los límites de velocidad permitidos, de conformidad con los reglamentos de tránsito correspondientes.
Cifras de operativos preventivos
Se registraron 3.859 infractores que superaron estos límites, alcanzando velocidades de hasta 103 km/h.
Según un informe técnico de la AMT, el exceso de velocidad ha sido la principal causa de accidentes en Quito durante 2024.
Los controles sancionatorios buscan corregir esta situación y mejorar la seguridad vial en la ciudad.
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