Filtros electorales: CNE define requisitos, prohibiciones y controles para candidatos de las seccionales de 2026


El organismo electoral ecuatoriano socializó el reglamento definitivo que normará la inscripción de postulantes desde el 2 de agosto; se aplicarán duras restricciones contra deudores alimenticios, sentenciados y quienes usen apodos.


El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Ecuador ha definido de manera oficial la hoja de ruta técnica y legal que deberán superar de forma obligatoria quienes aspiren a participar en las elecciones seccionales del 29 de noviembre de 2026. Durante el Consejo Consultivo desarrollado junto a los partidos y movimientos políticos, las autoridades electorales detallaron los requisitos insubsanables, las prohibiciones expresas y los filtros de control que ejecutarán las Juntas Provinciales Electorales para calificar a los postulantes a prefecturas, alcaldías, concejalías y juntas parroquiales.

La inscripción de candidaturas está programada del 2 al 17 de agosto de 2026, incluyendo validaciones informáticas para evitar cambios intempestivos de afiliación.

 

Requisitos y Reglas de Participación
Para la calificación, los candidatos deben cumplir con:

Edad y residencia: Ser mayor de 18 años y acreditar residencia ininterrumpida de al menos dos años (o ser oriundo) mediante el padrón electoral 2025.
Identificación y Democracia Interna: Nombres y apellidos reales (sin apodos) en máximo 30 caracteres, avalados por procesos de democracia interna.
Inclusión: Cumplir con las cuotas de género (50% mujeres) y juventud (25% entre 18 y 29 años).

Prohibiciones y causales de descalificación
El CNE inhabilitará a quienes incurran en:
Morosidad y antecedentes: Deudas de pensiones alimenticias o sentencias ejecutoriadas por delitos como corrupción y delincuencia organizada.
Conflictos de interés: Contratos vigentes con el Estado o activos en paraísos fiscales.
Transfuguismo: Afiliación a otro partido sin la renuncia formal 90 días antes del cierre de inscripciones.
Renuncia de funcionarios: Servidores públicos deben renunciar previo a la inscripción.
El registro requiere formularios, plan de trabajo y una declaración juramentada notariada insubsanable.
Por: IG @ecuanoticias.oficial

https://www.twitter.com/ecuadeportes/status/2081257570837119067

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